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Historia y Arte
EL MUNDO ROMANO
Economía y sociedad - 6ª parte |
El Derecho romano
ntre las aportaciones originales de la
civilización romana, el Derecho ocupa un lugar de privilegio, sobre todo por su
profunda trascendencia posterior.
El Derecho Romano, tal y como se entiende
hoy, fue el que se practicó en la ciudad de Roma durante los tres primeros
siglos de nuestra era. Ahora bien, el derecho tuvo a lo largo de la historia de
Roma un origen, un desarrollo, un momento de esplendor y una decadencia.
Como punto de partida puede decirse que la
necesidad de tener leyes nació al tiempo que nacía la propia ciudad de Roma, por
ello desde época temprana hay referencias a lo que los romanos llamaban "las
antiguas costumbres" o, si se prefiere, la tradición de la cual se desprendían
unas reglas y unos principios morales que regían la vida cotidiana.
Este derecho arcaico (Ius Quiritium)
se fundamentaba en la idea de la familia regida por el "pater familias" que
tenía todo el poder sobre los seres o cosas que estaban a su cargo. Los
guardianes de este primer derecho eran los sacerdotes, y la falta de información
sobre las reglas que contenía, fue motivo de que los plebeyos, en su lucha por
la igualdad política, exigieran que éstas se hicieran públicas. Así, en el siglo
V a. de C., se consiguió que la ley fuera conocida por todos y dejara de estar
bajo el control único de los privilegiados. Esa ley fue denominada "Ley de las
doce tablas" por estar escrita sobre ese número de piezas al ser expuesta en el
foro a la vista de todos.
a "Ley de las doce tablas" supuso la
fijación de algunos principios jurídicos fundamentales y la aparición de los
juristas que, sustituyendo a los sacerdotes, habrían de ser en adelante los
encargados de desarrollar el derecho.
La expansión y el desarrollo del comercio
crearon, desde el siglo III a. de C., nuevos problemas jurídicos que el derecho
hubo de solucionar ampliando sus leyes y adaptándose a las nuevas
circunstancias.
urgieron así el "Ius Gentium" para regular
las relaciones entre ciudadanos romanos y no ciudadanos, y el "Ius Honorarium"
que era, en cierto modo, la modernización del "Ius Quiritium".
Desde el siglo I al siglo III d. de C. el
Derecho Romano alcanzó su momento culminante. Es la época del derecho clásico y
fue obra de los juristas, pues el Estado se limitó a la función de consulta por
parte del Senado ("Senatusconsulta") y a dictar unas pocas leyes por parte del
Emperador ("Constitutiones principis"). El Derecho clásico se alejó del concepto
de familia para tener más en cuenta al individuo e hizo hincapié en lo referente
a relaciones económico-comerciales.
A partir del siglo III comienza la
decadencia del Derecho, al ser capitalizado por los emperadores en un claro
absolutismo imperial que hizo desaparecer a los juristas.
La transmisión del Derecho Romano y su
posterior influencia en casi todo el mundo europeo se produjo gracias a que
Justiniano (emperador del Imperio Bizantino de mediados del s. VI) lo recogió en
una gigantesca obra, el "Corpus Iuris Civilis".
De su influencia, basta decir que estuvo
vigente en casi toda Europa hasta el siglo XIX, que aún hoy se mantiene en
Andorra o San Marino y que se sigue estudiando en las facultades de Derecho de
todo el mundo.
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